DEFENSORIA UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO


Abg. Lucy Graciela Zapata Meoño

Defensora Universitaria

Resolución de designación

PRESENTACIÓN:

 

La Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, cumpliendo con el art. 133° de la Ley Universitaria N° 30220, dispuso la creación de la Oficina de Defensoría Universitaria, como un órgano autónomo e independiente en el ejercicio de sus funciones. Su finalidad es garantizar la tutela de derechos de los Miembros de la Comunidad Universitaria, como son los estudiantes, docentes y personal administrativo. Así como también, mantener el principio de autoridad responsable.

 

Mediante Resolución N° 002-2023-AU, se le designa a la Abogada Lucy Graciela Zapata Meoño como Defensora Universitaria de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, quien es egresada de esta Universidad, así como también es Conciliadora Extrajudicial acreditada por el Ministerio de Justicia.


¿Qué es la Defensoría Universitaria?

La Defensoría Universitaria fue creada por la Ley Universitaria N° 30220, es un órgano autónomo e independiente de los órganos de gobierno de la Universidad, en el ejercicio de sus funciones. Su finalidad es garantizar la tutela de derechos de los Miembros de la Comunidad Universitaria, como son los estudiantes, docentes y personal administrativo. Así como también, mantener el principio de autoridad responsable.

¿Cómo actúa la Defensoría Universitaria?

Prioriza la atención de consultas, quejas o denuncias formuladas por algún Miembro de la Comunidad Universitaria, ante posibles violaciones de derechos o ante el incumplimiento de la Ley Universitaria, Estatuto, Reglamento y otras normas establecidas en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.

 

Las quejas o denuncias que formulen, lo pueden realizar en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. a través del correo institucional: defensoría@unprg.edu.pe

 

Y de manera presencial en horario: Lunes, Miércoles y Viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. en la Oficina de Defensoría Universitaria, ubicada en Calle Juan Fanning N° 134 -  Lambayeque (Ex Comedor Universitario)

¿Cuándo acudir a la Defensoría Universitaria?

Puedes formular tu queja o denuncia cuando consideres que:

¿Cuáles son las Funciones del Defensor Universitario?

Son funciones y atribuciones del Defensor Universitario: 

¿Qué asuntos no son de Competencia de la Defensoría Universitaria?

Conforme lo establece el artículo 133° de la Ley Universitaria, no forman parte de la competencia de la Defensoría, las denuncias vinculadas con: 

Tríptico Informativo

La Defensoría Universitaria, con el propósito de mantener informada a nuestra Comunidad Universitaria, se ha elaborado un tríptico informativo donde se detallan las funciones, competencia y procedimiento a seguir para presentar una queja o denuncia ante este órgano.


DEFENSORIA UNIVERSITARIA, nos comprometemos a defender tus Derechos!!!