No es Competencia de la Defensoría Universitaria
Conforme lo establece el artículo 133° de la Ley Universitaria, no forman parte de la competencia de la Defensoría, las denuncias vinculadas con:
Derechos de carácter colectivo.
Derechos laborales.
Medidas disciplinarias.
Evaluaciones académicas de docentes y alumnos y
Las violaciones que puedan impugnarse por otras vías ya establecidas en la presente Ley, así como en el Estatuto y los reglamentos de cada universidad.